ESTADO AUTO NOVIEMBRE 15 DE 2011

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL

SALA DE SELECCIÓN

NÚMERO ONCE

 

 

No.

Estado

 

 

ASUNTO

 

Fecha

Auto

 

Fecha Estado

 

DECISION

 

 

 

 

 

22

T-3.255.141         al T-3.256.668

T-3.256.670         al T-3.258.844

T-3.258.846         al T-3.260.209

T-3.260.211         al T-3.260.994

T-3.260.996         al T-3.262.110

T-3.262.112         al T-3.262.511

T-3.262.513         al T-3.262.599

T-3.262.601         al T-3.263.125

T-3.263.127         al T-3.263.239

T-3.263.241         al T-3.265.424

T-3.265.426         al T-3.267.718

T-3.267.720         al T-3.268.100

 

Así como las solicitudes de insistencia en la revisión de las sentencias de tutela correspondientes a los expedientes:

 

T-3.193.974

T-3.199.440

T-3.200.166

T-3.201.861

T-3.202.163

T-3.203.253

T-3.205.148

T-3.205.174

T-3.205.176

T-3.205.846

T-3.206.395

T-3.207.168

T-3.207.848

T-3.208.049

T-3.209.915

T-3.211.869

 

 

 

 

 

15/11/11

 

 

 

 

 

 

25/11/11

 

PRIMERO: ACEPTAR las insistencias para revisión de las sentencias de tutela correspondientes a los siguientes expedientes:

 

T-3.193.974                  Actora: Yury Esperanza Pedraza Contreras

T-3.199.440         Actor: Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación Superior (ICFES)

T-3.205.176         Actor: Carlos Arturo Piedrahita Cárdenas.

T-3.206.395         Actor: Recuperadora y Cobranzas S.A. (RYC S.A.)

T-3.207.168                  Actor: Jose Daniel Unda

T-3.208.049                  Actor: Saul Enrique Campanella Giraldo

T-3.211.869         Actor: Maritza Janeth Osorio Plata.

 

SEGUNDO: NO ACEPTAR las insistencias para revisión de las sentencias de tutela dictadas dentro de los expedientes:

 

T-3.200.166

T-3.201.861

T-3.202.163

T-3.203.253

T-3.205.148

T-3.205.174

T-3.205.846

T-3.207.848

T-3.209.915

 

TERCERO: SELECCIONAR para revisión los fallos de tutela correspondientes a los siguientes expedientes:

 

T-3.255.239                  Actor: Luis Enrique Claros   

T-3.255.611         Actor: Roberto Antonio Better Florez

T-3.256.073                  Actor: Juan Pablo Quiroz Quintero

T-3.256.556                  Actor: Hernán Martínez Quintero

T-3.256.712         Actor: Alvaro Rojas Garavito

T-3.256.715         Actor: Ligia Moreno de Monzón

T-3.256.716                  Actor: Aurora Cortés de Caviedes

T-3.257.055                  Actora: Fanny Franco Londoño

T-3.257.251                  Actora: Sandra Patricia Sierra Rios

T-3.257.281         Actor: Richard Adolfo López Géliz

T-3.257.343                  Actor: Belia Enith Mesa Martínez  

T-3.257.957                  Actor: Feliberto Manuel Zabaleta Mieles 

T-3.258.107         Actor: Humberto Builes Correa

T-3.259.189         Actor: Carlos Mario Silva Govea

T-3.259.194                  Actora: Esterlinda Vargas Ternera

T-3.259.461                  Actor: Jorge Gaitán Gómez

T-3.259.562         Actor: Municipio de Palmira

T-3.259.569                  Actor: Ana Benigna Rivera Tovar

T-3.259.893                  Actor: Cindy Yuliana Velásquez García  

T-3.260.830         Actor: Róbinson López Gómez

T-3.261.041                  Actor: Juan de Dios Latorre Saray

T-3.261.165         Actor: Oscar Valencia

T-3.261.295                  Actor: Raúl Andrés Alzate Tangarife

T-3.261.677         Actora: Sara Maria Burbano Portillo agenciada por Parmenides Antolin Burbano Bravo

T-3.261.985         Actor: Angela Lizeth Cely Rojas.

T-3.262.081         Actor: Gerardo Antonio Lopera Uñatez

T-3.262.220                  Actora: Diana Alicia Ramírez Rivera

T-3.262.525         Actor: Municipio de Palmira 

T-3.262.555         Actor: Municipio de Palmira

T-3.262.564         Actora: Raul Aurelio Guerrero Maldonado

T-3.262.790                  Actor: Arnoldo Neira Peralta

T-3.263.610         Actor: Héctor Jaime Ramírez Henao

T-3.263.918                  Actor: José Ignacio Sánchez Cárdenas              

T-3.264.082         Actora: Ubaldina Vergel de Bautista

T-3.264.501                  Actora: Anny del Carmen Jaramillo Rentería

T-3.265.201         Actor: Juan Manuel Torres Muñoz en representación de la Veeduría Ciudadana por Puerto Colombia.

T-3.265.327         Actora: Miriam Ines Fuquen Pérez en representación de su menor hija

T-3.265.333         Actor: María del Rosario Vergara Rodríguez en representación de su menor hija

T-3.266.391                  Actora: Ángela Lucía Reyes Moreno

T-3.266.621                  Actor: Julio César Meza Jiménez

T-3.266.961                  Actora: Angélica Olmos Flórez

 

CUARTO: EXCLUIR de revisión los fallos de tutela correspondientes a los expedientes estudiados por esta Sala en sesión celebrada el día quince (15) de noviembre de dos mil once (2011) que no fueron mencionados expresamente en el numeral anterior.

 

QUINTO: De acuerdo con el sorteo realizado en la sesión correspondiente, REPARTIR de la siguiente forma los expedientes seleccionados para revisión:

 

MAGISTRADA: MARIA VICTORIA CALLE CORREA

 

T-3.199.440         Actor: Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación Superior (ICFES).

T-3.257.251                  Actora: Sandra Patricia Sierra Rios

T-3.257.957                  Actor: Feliberto Manuel Zabaleta Mieles

T-3.259.569                  Actor: Ana Benigna Rivera Tovar

T-3.263.918                  Actor: José Ignacio Sánchez Cárdenas

 

MAGISTRADO: MAURICIO GONZALEZ CUERVO

 

T-3.255.239         Actor: Luis Enrique Claros

T-3.256.712         Actor: Alvaro Rojas Garavito

T-3.256.715         Actor: Ligia Moreno de Monzón

T-3.259.461                  Actor: Jorge Gaitán Gómez

T-3.259.562         Actor: Municipio de Palmira

T-3.261.165         Actor: Oscar Valencia

T-3.262.525         Actor: Municipio de Palmira

T-3.262.555         Actor: Municipio de Palmira

T-3.262.790                  Actor: Arnoldo Neira Peralta

T-3.266.961                  Actora: Angélica Olmos Flórez

 

MAGISTRADO: JUAN CARLOS HENAO PÉREZ

 

T-3.259.189         Actor: Carlos Mario Silva Govea

T-3.264.501         Actora: Anny del Carmen Jaramillo Rentería

T-3.208.049                  Actor: Saul Enrique Campanella Giraldo

 

MAGISTRADO: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO 

 

T-3.207.168                  Actor: Jose Daniel Unda

T-3.257.281         Actor: Richard Adolfo López Géliz

T-3.259.194         Actora: Esterlinda Vargas Ternera

T-3.262.220         Actora: Diana Alicia Ramírez Rivera

T-3.264.082         Actora: Ubaldina Vergel de Bautista

T-3.266.391                  Actora: Ángela Lucía Reyes Moreno

 

MAGISTRADO: JORGE IVÁN PALACIO PALACIO

 

T-3.255.611         Actor: Roberto Antonio Better Florez

T-3.261.041         Actor: Juan de Dios Latorre Saray

T-3.261.985         Actor: Angela Lizeth Cely Rojas

T-3.265.327         Actora: Miriam Ines Fuquen Pérez en representación de su menor hija

T-3.265.333         Actor: María del Rosario Vergara Rodríguez en representación de su menor hija

 

MAGISTRADO: NILSON PINILLA PINILLA

 

T-3.205.176         Actor: Carlos Arturo Piedrahita Cárdenas.

T-3.211.869         Actor: Maritza Janeth Osorio Plata.

T-3.256.716                  Actor: Aurora Cortes de Caviedes

T-3.261.295                  Actor: Raúl Andrés Alzate Tangarife

T-3.262.564         Actora: Raul Aurelio Guerrero Maldonado

 

MAGISTRADO: JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB

 

T-3.193.974                  Actora: Yury Esperanza Pedraza Contreras

T-3.256.073                  Actor: Juan Pablo Quiroz Quintero

T-3.257.055                  Actora: Fanny Franco Londoño

T-3.260.830         Actor: Róbinson López Gómez

T-3.265.201         Actor: Juan Manuel Torres Muñoz en representación de la Veeduría Ciudadana por Puerto Colombia.

 

MAGISTRADO: HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO

 

T-3.256.556                  Actor: Hernán Martínez Quintero

T-3.257.343          Actor: Belia Enith Mesa Martínez

T-3.261.677         Actora: Sara Maria Burbano Portillo agenciada por Parmenides Antolin Burbano Bravo

T-3.263.610         Actor: Héctor Jaime Ramírez Henao

T-3.266.621         Actor: Julio César Meza Jiménez

 

MAGISTRADO: LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

 

T-3.258.107         Actor: Humberto Builes Correa

T-3.259.893                  Actor: Cindy Yuliana Velásquez García

T-3.262.081         Actor: Gerardo Antonio Lopera Uñatez

T-3.206.395         Actor: Recuperadora y Cobranzas S.A. (RYC S.A.)

 

SEXTO: ACUMULAR los expedientes T-3.255.239, T-3.256.712, T-3.256.715 y T-3.259.461, los cuales fueron repartidos al Magistrado Mauricio González Cuervo, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

SEPTIMO: ACUMULAR los expedientes T-3.259.562, T-3.262.525 y T-3.262.555, los cuales fueron repartidos al Magistrado Mauricio González Cuervo, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

OCTAVO: ACUMULAR los expedientes T-3.262.220 y T-3.207.168, los cuales fueron repartidos al  Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

NOVENO: ACUMULAR el expediente T-3.262.081 al T-3.114.565, que ya fue asignado al Magistrado Luís Ernesto Vargas Silva, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

DÉCIMO: REMITIR el expediente de tutela T-3.262.111 al  Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, juez de primera instancia en el proceso de la referencia, con el fin de que se de trámite a la nulidad presentada por FONVIVIENDA dentro de la acción de tutela iniciada por Rodrigo de Jesús Ramírez Mejía en contra de esa entidad y Acción Social. Una vez tramitada, se deberá remitir el expediente a esta Corporación para que se surta el trámite de su eventual revisión.

 

UNDÉCIMO: REMITIR el expediente de tutela T-3.260.210 al Juzgado Primero Civil del Circuito de Espinal, Tolima, juez de segunda instancia en el proceso de la referencia, con el fin de que se de trámite a la nulidad presentada por Jorge Humberto Mantilla, como representante legal del Partido Conservador Colombiano. Una vez tramitada, se deberá remitir el expediente a esta Corporación para que se surta el trámite de su eventual revisión.

 

DUODÉCIMO: DENEGAR por improcedente el recurso de súplica interpuesto por el señor Carlos Enrique Barrios Herrera en contra del auto de Sala de Selección No. 10 del 20 de octubre de 2011, mediante el cual se resolvió excluir de revisión entre otros, el expediente de tutela radicado bajo el número T-3.234.623, toda vez que al tenor de lo dispuesto por el artículo 52 del Acuerdo 05 de 1992, contra las decisiones que profiere la Sala de Selección no procede recurso alguno.

 

DÉCIMO TERCERO: Respecto de la solicitud efectuada por  María Helina Roldán Méndez, NO DEVOLVER el expediente T-3.225.482  al Juzgado de origen debido a que la peticionaria no acreditó los elementos que demostraran que la interposición del recurso de apelación se hubiese efectuado dentro del término de ejecutoria de la sentencia.

 

DÉCIMO CUARTO: Respecto de la solicitud efectuada por Delvis Bastidas Cuello, a través de la Secretaría General EXPÍDASE, a costa de la interesada, copia auténtica del expediente de tutela radicado con el número T-3.239.950.

 

DÉCIMO QUINTO: Respecto de la solicitud efectuada por Leslie Vivian Cardona Gómez, Secretaria del Juzgado Cuarto de Familia de Manizales, a través de la Secretaría General REMÍTASE copia auténtica de la constancia de notificación de la sentencia del 8 de agosto de 2011 a dicho despacho judicial, la cual obra en el expediente de tutela con número de radicación T-3.211.800.

 

DÉCIMO SEXTO: DENEGAR por improcedente el recurso de súplica interpuesto por el señor Jhon Jairo Gutiérrez Carcomo en contra el auto de Sala de Selección No. 4 del 28 de abril de 2011, mediante el cual se resolvió excluir de revisión entre otros, el expediente de tutela radicado bajo el número T-3.035.766, toda vez que al tenor de lo dispuesto por el artículo 52 del Acuerdo 05 de 1992, contra las decisiones que profiere la Sala de Selección no procede recurso alguno.

 

DÉCIMO SÉPTIMO: REMITIR el expediente de tutela T-3.246.866 a la Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, con el fin de que se pronuncie sobre la falta de notificación del fallo de primera instancia planteada por René Albert Imboden Émile, en calidad de representante legal de Schenker Colombia S.A.

 

DÉCIMO OCTAVO: Respecto de la solicitud efectuada por Leslie Vivian Cardona Gómez, Secretaria del Juzgado Cuarto de Familia de Manizales, a través de la Secretaría General REMÍTASE copia auténtica del auto admisorio de la demanda y de sus constancias de notificación, así como del trámite de notificación de la sentencia a dicho despacho judicial, la cual obra en el expediente de tutela con número de radicación T-3.212.799.

 

DÉCIMO NOVENO: En relación con la solicitud presentada por Jaime Andrés Girón Medina, acerca del expediente T-3.215.141,  EXPEDIR a costa del interesado copia auténtica de la sentencia proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado el día 7 de abril de 2011 y de la constancia de ejecutoria que obra dentro del expediente. En cuanto a la solicitud contenida en el mismo escrito en el sentido de que se expida constancia de primera copia, INFORMAR al interesado que dicha petición la deberá elevar directamente ante la Secretaría del despacho mencionado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral segundo del artículo 115 del Código de Procedimiento Civil.

 

VIGÉSIMO: Autorícese el DESGLOSE de la copia del contrato de arrendamiento que obra en el expediente de tutela con número de radicación T-3.219.938 a favor de la accionada, Edelmira Celis Silva.

 

VIGÉSIMO PRIMERO: Respecto de la solicitud efectuada por Gloria Alcira Zárate Moyano, a través de la Secretaría General EXPÍDASE, a costa de la interesada, copia auténtica del expediente de tutela con número de radicación T-3.198.218.

 

VIGÉSIMO SEGUNDO: Respecto de la solicitud efectuada por Martín Gabriel de la Rosa Rondón, a través de la Secretaría General EXPÍDASE, a costa del interesado, dos (2) copias auténticas del escrito de insistencia presentado para la selección del expediente T-3.173.241.

 

VIGÉSIMO TERCERO: Respecto de la solicitud efectuada por Doris Janneth Torres Santafe, a través de la Secretaría General EXPÍDASE, a costa de la interesada, copia auténtica del expediente de tutela con número de radicación T-3.235.276.

 

VIGÉSIMO CUARTO: REMITIR el expediente de tutela T-3.262.512 al Juzgado 49 Penal del Circuito de Bogotá, con el fin de que se pronuncie sobre las solicitudes de aclaración, complementación y nulidad presentadas por José Vicente Gil Moreno, accionante dentro del proceso de tutela de la referencia. Una vez resuelta, se deberá remitir el expediente a esta Corporación para que se surta el trámite de su eventual revisión.

 

VIGÉSIMO QUINTO: Respecto de la solicitud efectuada por el doctor William Namén Vargas, Magistrado de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema Justicia, a través de la Secretaría General REMÍTASE a ese despacho el expediente T-3.245.781, para que se surta la impugnación presentada por el ciudadano Jaime Gil Montoya, accionante dentro del proceso de tutela de la referencia.

VIGÉSIMO SEXTO: NO ATENDER la solicitud de devolución para el trámite de impugnación que presentó el ciudadano Mauricio Alberto Pimienta Naranjo respecto del expediente T-3.266.661, toda vez que a folio 530 figura constancia secretarial del 18 de agosto de 2011, en la que consta que la sentencia fechada el 04 de agosto de esa misma anualidad se encuentra ejecutoriada. Adicionalmente, infórmese al interesado que el expediente de la referencia queda excluido de revisión a través del presente auto.

 

VIGÉSIMO SÉPTIMO: DISPONER que los fallos de tutela excluidos de revisión por esta Sala, junto con sus respectivos expedientes, sean enviados a los despachos judiciales de primera instancia. Proceda la Secretaría General de esta Corporación al cumplimiento de lo aquí ordenado, dejando las constancias del caso.

 

VIGÉSIMO OCTAVO: Por la Secretaría General de esta Corporación, INFÓRMESE a los peticionarios que elevaron las solicitudes de selección, acerca de la decisión adoptada por esta Sala, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento Interno, modificado por el Acuerdo No. 01 del 29 de abril de 2004.

 

Notifíquese y cúmplase,

 

 

MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO

Secretaria General